Hoy vamos a hablar de la posibilidad de que los estudiantes internacionales, que vienen de fuera de la UE, puedan conseguir su visado de estudios en España. Lo que se llama el permiso de Estancia por Estudios.
El pasado mes de julio vivimos un nuevo cambio en la normativa para el tema de los visados para estudiantes internacionales que vienen a estudiar a España. Ahora, únicamente se aprueban los visados y permisos para aquellos estudiantes que vayan a obtener titulaciones que sean oficiales, que aparecen en el RUCT y en el caso de la Comunidad de Madrid, también registradas en CUALIFICAM.
Debemos recordar que el visado, no es en si el permiso. El visado, que normalmente tiene una extensión de tres meses, faculta al alumno a entrar en España para, aquí, solicitar su permiso que en definitiva es la Tarjeta de Identificación de Extranjero que debe ser tramitada en los treinta primeros días desde su llegada a España. Solo en el caso de programas de menos de 6 meses, en los consulados se tramita un visado extendido que cubre esos 6 meses para que el alumno no precise la obtención de la tarjeta TIE.
Esta realidad, entendemos que ha provocado ciertos problemas en los consulados de origen, al verse obligados a comprobar cada una de las titulaciones para las diferentes solicitudes. Esta, intuimos que, puede ser una de las razones por las que nos ha llegado que múltiples consulados de EE.UU., Latinoamérica y otros países, están dando citas con fechas posteriores a la llegada de los estudiantes a España, ocasionando nerviosismo, desesperación y en algunos casos cancelaciones, optando por otros países con tramitaciones más laxas y rápidas.
Lo que deben saber tanto los alumnos, como las instituciones que los acogen, es la posibilidad de optar por la opción de venirse a España sin haber solicitado el visado en origen y tramitarlo, desde aquí, solicitando el denominado Permiso Estancia por Estudios. Esta tramitación deberá realizarse siempre, antes de treinta días al vencimiento del plazo de estancia autorizado, que habitualmente es de 90 días.
Si se quisiera optar por esta vía, es fundamental saber que a diferencia de obtener el visado en origen, que, generalmente no necesita apostilla en documentos oficiales, si se tramita el permiso desde España Sí necesita que estos documentos vengan con su apostilla, y en el caso de ser documentos en lengua no española, se necesitaría una traducción jurada.
Es importante que el pasaporte del estudiante contenga el sello de entrada en España. En ocasiones, los alumnos llegan con escala en otros aeropuertos europeos, y sólo les ponen el sello de entrada en el primer aeropuerto, y cuando llegan a España, al venir en un vuelo de origen europeo no les sellan el pasaporte en España. Cuando aterricen en España, deberán pedir que les sellen el pasaporte a la entrada en España.
Be International Students, por primera vez en su historia, ofrece un nuevo y completo catálogo de Trámites y Servicios Legales para los estudiantes internacionales. En él se incluye el trámite del visado en España o Estancia por Estudios. En este trámite se le incluye al alumno la posterior tramitación de su TIE (tarjeta de Identificación de Extranjero).
En Be, nuestros servicios jurídicos, altamente especializado en extranjería, ayudan al estudiante en todo el proceso de obtención de la documentación, a su revisión completa, realizan la monitorización del trámite y se encargan de la obtención de citas con extranjería para la toma de huellas y demás trámites, al igual que al acompañamiento a éstas de manera telefónica o presencialmente si el caso lo requiriese, con el objetivo de garantizar el éxito de la solicitud ante la tediosa burocracia.
Be International Students compañía líder en el sector con más de 12 años de experiencia, apuesta fuertemente por la actualización de sus servicios, en aras de ofrecer a los estudiantes e instituciones un completo catálogo servicios de primera calidad y absoluta actualidad que cubran todas sus necesidades en España.